?Estos acuerdos de pena me hacen entender que debemos seguir mejorando el sistema penal panameño, la capacidad de imponer la pena no puede ser una facultad del fiscal de juicio o del fiscal investigador?

Siempre he dicho que la mejor carrera del mundo que alguien puede estudiar es Derecho y ejercer como abogado. Esta observación se basa en las complejidades que enmarca el ejercicio profesional, tenemos que ser filósofos, políticos y psicólogos, pero, sobre todo, humanos. La ley debe estar al servicio del hombre, y debe ser, ante todo, justa dentro de una sociedad compleja

?Estos acuerdos de pena me hacen entender que debemos seguir mejorando el sistema penal panameño, la capacidad de imponer la pena no puede ser una facultad del fiscal de juicio o del fiscal investigador?

Siempre he dicho que la mejor carrera del mundo que alguien puede estudiar es Derecho y ejercer como abogado. Esta observación se basa en las complejidades que enmarca el ejercicio profesional, tenemos que ser filósofos, políticos y psicólogos, pero, sobre todo, humanos. La ley debe estar al servicio del hombre, y debe ser, ante todo, justa dentro de una sociedad compleja.

Desde el momento en que se comenzó a aplicar en Panamá el Sistema Penal Acusatorio, lo vi como un excelente mecanismo para acelerar la justicia, fui un entusiasta defensor de los acuerdos de pena para disminuir la mora judicial y me entusiasmó el nuevo papel activo de la víctima dentro del sistema. El verdadero doliente de cualquier delito, pero tengo dos casos que me gustaría compartir para la reflexión de nuestra sociedad.

Una joven de escasos 20 años, con padres divorciados, y sufriendo padecimientos crónicos de salud, incluyendo problemas mentales previamente certificados, es capturada en una operación encubierta por ventas de marihuana (droga que en Panamá y otros países del mundo cada vez más se legaliza). El Ministerio Público le ofrece una condena de siete años en un acuerdo de pena; la defensa solicita al Ministerio Público una pena más laxa, para que la joven pueda asistir a un tratamiento de rehabilitación, porque dentro del expediente se pudo comprobar su consumo. Los padres de la joven no querían que se le exonerase de su responsabilidad, sino que el sistema le permitiera entrar en un programa de rehabilitación y superarse. Hoy, la joven se encuentra recluida en el Centro Femenino, sin tratamiento, y tal vez, salga peor de lo que entró; gracias a que aquí no había negociación, sino una imposición de la pena… lo tomas o lo dejas.

En este caso de microtráfico, la víctima es la sociedad en donde cada día se regulariza más el consumo de marihuana, ya es hasta de uso medicinal, pero en Panamá preferimos seguir gastando recursos del Estado en un consumidor que en su rehabilitación para su reinserción social.

El segundo caso es de un grupo de extranjeros que se confabulan para secuestrar y amenazar a un ciudadano panameño; arman una red de delincuentes, contratan a expolicías, secuestran a un joven empresario de aproximadamente de 30 años de edad. Gracias a la eficaz atención de la Policía Nacional, se rescata a la víctima y se logra la captura de la mayoría de los participantes (uno sigue en libertad). Después de cuatro (4) años de investigaciones, al acercarse el juicio, los culpables buscan acuerdos de pena y logran sentencias entre cinco (5) años a nueve (9) años, cuando las penas por este delito superan los 15 años.

La víctima, que sigue sufriendo las secuelas de este vil acto, se opone a cada uno de estos acuerdos de pena, porque no satisfacen su sed de justicia, no le compensa su sufrimiento, pero su voz es acallado por una norma jurídica que no permite que este fallo sea revisado, porque no es banal ni es corrupto; por ende, un grupo de delincuentes se organizan secuestran y roban y solo reciben nueve (9) años y una muchacha en busca de rehabilitación recibe siete (7) años.

Estos acuerdos de pena me hacen entender que debemos seguir mejorando el sistema penal panameño, la capacidad de imponer la pena no puede ser una facultad del fiscal de juicio o del fiscal investigador.

Los acuerdos de pena deben ser revisados íntegramente por un juez, que permita a la víctima oponerse, de analizar desde la perspectiva legal, jurídica que es lo mejor para el país, en donde no sean estadísticas de caso cerrados, sino que se vea en el actuar un sistema que funciona y que satisfaga a los ciudadanos; hoy no se siente, no se ve, hoy Panamá tiene una madre que busca un sistema más humano y menos indolente, un panameño con secuelas psicológicas profundas por un secuestro y un grupo de extranjeros que cuenta los días para recibir rebajas de pena y seguir perpetuando su delitos.

Abogado

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